domingo, 11 de septiembre de 2011

PuelMapu: Reivindicación territorial para la comunidad Mapuche-Tehuelche.

TIERRA K REGRESA A SUS DUEÑOS
Con gran alegría desde Prensa Libre Pueblos Originarios, reenviamos esta noticia, donde el gobernador Daniel Peralta, entregó 9 mil 475 hectáreas de tierra a la comunidad Tehuelche-Mapuche, en un gesto reivindicatorio a uno de los pueblos más antiguos de la provincia de Santa Cruz,  que habitaron Santa Cruz antes que los santacruceños. El gobernador agradeció a los pueblos originarios "la paciencia de haber esperado tanto tiempo".

Domingo 11 de Septiembre de 2011
Peralta entregó 10 mil hectáreas a la comunidad Tehuelche-Mapuche
El Gobernador entregó la tierra y agradeció a los pueblos originarios “la paciencia de haber esperado tanto tiempo”.
En el transcurso de un importante acto que se desarrolló en Las Heras, se anunciaron obras esenciales para el crecimiento de esa localidad y, en un gesto de reconocimiento al pueblo Tehuelche-Mapuche, se adjudicaron miles de hectáreas de tierra.
En la oportunidad, se entregó el Acuerdo del Directorio del Consejo Agrario Provincial (C.A.P.), mediante el cual se adjudica a favor de la comunidad Tehuelche-Mapuche la superficie de 9 mil 475 de hectáreas, en un gesto reivindicatorio a uno de los pueblos más antiguos de la provincia de Santa Cruz.
Al respecto, el gobernador Daniel Peralta señaló que “lo más importante que sucedió en este acto es que hemos dado un paso gigantesco en cuanto a la reivindicación de aquellos que habitaron Santa Cruz antes que los santacruceños. Estoy hablando de aquellos que son las raíces mismas de nuestra cultura y por eso se han puesto en marcha programas destinados a mejorar su calidad de vida, también estamos trabajando en esto de devolverle la tierra a sus legítimos dueños”.
“Es –aseguró- un reconocimiento a aquellos que vinieron a plantar soberanía, en todo el sentido de la palabra y yo quiero agradecerles a los hermanos y hermanas de los pueblos originarios, la paciencia de haber esperado tanto tiempo”.
En ocasión de esta entrega de tierras se leyó una carta enviada por el Dr. Eulogio Frites desde la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que en sus principales párrafos expresa “en mi carácter de presidente de la Comisión de Juristas Indígenas de la República Argentina me dirijo a toda la comunidad indígena del pueblo Tehuelche de Santa Cruz, como así también a todos los que contribuyeron a recuperar territorio indígena, incluso al gobernador Daniel Román Peralta”.
“En los términos del Articulo 75, Incisos 17 y 22 de la Constitución Nacional de Derecho Indígena, que es reconocido por el Estatuto y por el Estado como Derecho Indígena Operativo, auguro que las tierras que reciben hoy sea un justo reconocimiento al extraordinario pueblo indígena Tehuelche” continúa la misiva.
Por último señala “recomiendo leer el libro el Derecho de los Pueblos Indígenas, donde se sumará a los territorios indígenas ya recuperados en Argentina. Si seguimos en este camino no habrá nube que tape el sol que andamos buscando. Los morenos hijos del sol y la tierra, sigamos sumando”.
La Argentina es un país comprometido con las comunidades indígenas originarias, al menos en su legislación, que desde el año 1985 cuenta con la ley 23.302, que detalla como serán entregadas las tierras a las comunidades originarias de nuestro país. Y nuestra Constitución en el artículo 75 compromete al Estado y ciudadano a “reconocer la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Garantizar el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural; reconocer la personería jurídica de sus comunidades, y la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan; y regular la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. (…)”
La ley antes mencionada en su artículo 7 explica sobre la entrega de tierra que se dispone “la adjudicación en propiedad a las comunidades indígenas existentes en el país, debidamente inscriptas, de tierras aptas y suficientes para la explotación agropecuaria, forestal, minera, industrial o artesanal, según las modalidades propias de cada comunidad. Las tierras deberán estar situadas en el lugar donde habita la comunidad o, en caso necesario en las zonas próximas más aptas para su desarrollo(..)”

Fuente:  El Periódico Austral

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