PUELMAPU
Documental: SUR, MAPU CHE
sobre la comunidad Santa Rosa Leleke vs los colores de benetton
La sangre no es nada sin la tierra.
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Benetton vs Mapuche
"De todas las disputas de tierras entre las comunidades indígenas y los grandes terratenientes que se han multiplicado en la Argentina durante la última década, ninguno adquirió la notoriedad pública de la batalla librada en el norte de la provincia patagónica de Chubut en 2004. Los de David y Goliat elementos de la la confrontación garantizada la atención de los medios de comunicación sin precedentes para un tema descuidado durante mucho tiempo por la corriente principal de la Argentina ".
fuente: NACLA. Entrevista con el Federico Sartor, jefe de Comunicación de Benetton Holding
Video realizado por: iMedia y los Países Bajos.
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Viernes 01 de junio de 2012
COMUNICADO LOF SANTA ROSA- LELEQUE
Mary mary pu peñi, pu lamien y a la sociedad en general
Juntos a los newenes de las mahuizas, de la pirren, del viento, y de todos nuestros hermanos mapuches, y compañeros no mapuche que nos visitan y nos dan fuerzas día a día.
Hoy vamos a recordar y hacer conocer la historia: desde el 2002en que comenzamos el conflicto con los multimillonario hermanos Benetton, primero recibimos cedula de notificación por una denuncia de usurpación de territorio y ya por segunda vez vuelven 12 policía con una orden de desalojo firmado por el juez Oscar Colabelli, armados con perro y una ambulancia por si habría algunas personas herida, esto fue en el mes de agosto de 2002, desde entonces mantenemos la lucha y resistencia por nuestro territorio, y es muy triste recordar esos momento cuando estábamos siendo desalojados.
Donde comenzaron a tirar nuestra ruka, las plantas que habían, se llevaron los caballos, vacas bueyes, ovejas y todas las aves de corral que capturaban en bolsas de nylon y después de unas cuanta horas de resistir, el desalojo se llevó a cabo, viendo como iban destruyendo lo que había en el lugar, y sentir esa impotencia de no poder hacer nada en ese momento, pero al mismo tiempo también pensábamos que esto no iba a quedar así. Pero no fue solamente enfrentar un desalojo.
En el año 2004 estuvimos que enfrentar un juicio penal donde gano aquel winka multimillonario, pero no todo termino ahí, por diferentes organismos del estado buscamos soluciones a este conflicto, de las cuales no obtuvimos ningún tipo de respuestas, por tales motivos decidimos viajar a Italia donde tampoco conseguimos ninguna repuesta favorable, tres años después decidimos volver a recuperar nuestro territorio el 14 de febrero del 2007 desde entonces fue un día que marca esta lucha, juntos con otras comunidades que nos acompañaron ese día.
Y al pasar los días nuevamente una denuncia por usurpación, los Benetton han pedido reiteradamente a la justicia de la provincia del Chubut el desalojo de la comunidad, donde se le ha sido negados pero al mismo tiempo la Excma. cámara de apelaciones del noroeste del Chubut, en el mes de Agosto 2011 reconoce la ley 26160 que suspende todo trámites legales y desalojo de las comunidades de pueblo originarios. El día 5 de septiembre de 2011 nos hacen una denuncia por desobediencia a no innovar, construyendo una ruka digna y a su vez otro pedido de desalojo, la noticia que hoy queremos compartir con Uds. Es que el día 24 de mayo 2012 la Excma. cámara de apelaciones del noroeste del Chubut nos han notificados que rechaza el pedido de desalojo por los multimillonario hermanos Benetton NO HABRÁ DESALOJO!! Mary chiwew mary chiwew!!!!!
Esto es solo una síntesis de la larga historia de lof Santa Rosa- Leleque.
Por territorio justicia y dignidad!!!!!!!!!
Mary chiwew mary chiwew !!!!!!!!!
Por cada desalojo diez recuperaciones habrá!!!!!!!
Muchos saludos a todos!!!!!!!!
Comunidad Santa Rosa – Leleque
comunidadsantarosaleleque@hotmail.com
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Domingo, 13 de noviembre de 2011
Argentinos a las soluciones
Por Osvaldo Bayer
...Ojalá que estas líneas sirvan de algo para recomenzar el diálogo y tener en cuenta a estos seres. Y que el “progreso” traído de Europa no termine arrollando todo y metiendo máquina tras máquina en el lugar donde desde hace siglos se sembró con la mano acariciando la semilla.
Otra de las conductas verdaderamente negativas para nuestra sociedad multicultural es el tema Benetton-Curiñanco Nahuelquir. Ya esto traspasa los límites de lo racional, de lo cultural y de lo ético. Ya lo hemos descrito otras veces. Los grandes magnates italianos de la ropa deportiva Benetton se compraron en la Patagonia argentina, allá, en Leleque, 900.000 hectáreas de tierra. Sí, es lo mismo que decir un millón de hectáreas. Al lado, justo al lado, los hijos bien de la tierra, el matrimonio Curiñanco-Nahuelquir, tienen sólo 300 hectáreas desde hace siglos, que ocuparon los ancestros de esas familias. En esas 300 hectáreas cultivaban todos productos de la tierra: papas, hortalizas, frutillas. Pero esa pequeña tierra también la quiso el magnate italiano Benetton, que nunca había pisado el suelo patagónico. Y la Justicia se la otorgó en primera instancia. Este hecho es incalificable. Quiere decir que el poder del dinero está por sobre el derecho al trabajo, el derecho a la tierra donde se vive. No se considera que justo eso llamado justicia debe tener en cuenta las necesidades familiares, la tradición histórica, el derecho a permanecer donde siempre se ha vivido por generaciones. No, para ese juez vale sólo el título que trae el dinero, la codicia, el egoísmo más brutal. El dinero por sobre todo asomo de moral y de conciencia de la vida. Más dinero tengo, más valgo, porque hasta la Justicia se pone de rodillas. Por suerte, la Cámara de Apelaciones ha parado el desalojo de la comunidad familiar hasta el 2013 aunque el abogado de Benetton Martín Iturburu Moneff –un nombre para recordar–, ha interpuesto una queja porque señala que los Curiñanco-Nahuelquir han realizado modificaciones en la chacra.
Creo que este caso es tan increíble dentro del egoísmo humano que va a pasar a la historia de la Justicia argentina y del egoísmo de los dueños de la tierra que pasan a ser dueños de todo. Novecientas mil hectáreas contra trescientas hectáreas. ¿Hay conciencia todavía de que es el egoísmo la moral que nos domina? Aquí creo que deberían movilizarse todos los abogados del país y apoyar a esos hijos de la tierra que viven y cantan a la madre-tierra y al sol desde que han sido creados. La madre-tierra encerrada en un cofre como si fueran monedas de oro. Eso todavía en el 2011, y en tierra argentina. Me hace acordar de ese mensaje del noble Manuel Belgrano cuando en las Misiones les devuelve a los pueblos originarios todas sus tierras comunitarias. Con qué firmeza y grandeza. De Manuel Belgrano a los hermanos Benetton...
Osvaldo Bayer
Fuente y texto completo en el siguiente enlace: http://prensalibrepueblosoriginarios-mapuche.blogspot.com.ar/2011/11/la-tierra-no-es-un-comercio-es-la-vida.html
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Resistencia de la Comunidad Mapuche Santa Rosa de Leleke hace retroceder a Benetton
Chubut: Cámara de Apelación falló a favor de la comunidad mapuche Santa Rosa Leleque
Por Lof Santa Rosa Leleke- Chubut - PUELMAPU
Jueves 06 de octubre de 2011
Mary mary pu peñi, pu lamngen, y a la sociedad en general!!
Nuevamente desde la cordillera de nuestro territorio, con todos los nehuenes de la mapu que nos acompañan y nos guían día a día para seguir afrontando la lucha con los multimillonario hermanos Benetton.
Todo este tiempo de lucha a tenido su fruto y hemos podido mostrar y hacer valer nuestros conocimientos ancestrales.
Hoy les traemos una buena noticia para compartir con ustedes, han pasado ya cuatros años donde la justicia nos discriminaba, nos ignoraba como comunidad mapuche y no querían reconocer nuestros derechos y leyes existentes, ignorando totalmente nuestra cultura ancestral y que somos preexistentes al estado Argentino.
La justicia ignoraba por ejemplo la ley 26.160, la cual dice que suspende la ejecución de sentencias, acto procesal y desalojos.
Pasaron cuatros años para que justicia entendiera y tomará un poco de conciencia y aceptara que el pueblo Nación Mapuche tiene leyes.
El 21 de septiembre la cámara de apelación del Noroeste de Chubut resolvió y fallo a favor de la comunidad mapuche Santa Rosa Leleque, reconociendo la vigencia de esta ley de emergencia, posesión y propiedad indígena 26.160 de relevamiento territorial.
Este fallo nos sigue dando una mínima confianza hacia la justicia winka y la esperanza de que a futuro reconozcan totalmente nuestros derechos y leyes, como mapuches (Gente de la tierra), y que nos devuelvan nuestros territorio que nos fue quitado.
Hoy nos sentimos muy acompañados por nuestros hermanos mapuches y por la sociedad en general, donde ellos también son parte de esta lucha, y nosotros seguiremos con la fortaleza y la sabiduría que nos dejaron nuestros antepasados y con todos los nehuenes de la mapu.
Por territorio justicia y dignidad.
Marici weu, marici weu, marici weu!!!!!!
Lunes 12 de Septiembre de 2011
PUELMAPU
CHUBUT-ARGENTINA:
JUEZ DE LA PROVINCIA LEVANTA MEDIDA DE DESALOJO Y FALLA A FAVOR DE UNA COMUNIDAD MAPUCHE
Histórico fallo a favor de una comunidad originaria. El Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios realizó fortalecimiento en territorio.
La Comunidad Santa Rosa de Leleque fue favorecida, este miércoles 07 de septiembre, con un fallo histórico que anula el pedido de desalojo que realizó la Empresa Multinacional Benetton, que opera en territorio mapuches desde hace más de diez años
En el marco del encuentro nacional de organizaciones territoriales de pueblos originarios, que sesionó esta semana, el territorial por la región Sur Benito Cumilao comunicó sobre el fallo del Juez de la provincia de Chubut que levantó el pedido de desalojo a la comunidad mapuche Santa Rosa de Leleque, en la provincia de Chubut. Esto debido a que la justicia no pudo negar la preexistencia de la mencionada comunidad en el territorio.
Cumilao, manifestó que la apropiación de los territorios de las comunidades mapuche por parte de terceros viene desde la época de las distintas campañas que se realizaron durante el siglo XVIII y la mal denominada Conquista del Desierto, que fue impulsado por el propio Estado argentino con los gobiernos de Sarmiento y Roca. “Este conflicto viene desde los tiempos de la Conquista del Desierto. En estos tiempos el Estado argentino realizó adjudicación de alrededor de novecientos mil hectáreas de tierras a colonos que venían de Europa. Tierras que pertenecían a las comunidades del pueblo Mapuche. Desde esa época más de diez comunidades vienen sufriendo las consecuencias, las privaciones, porque los que hicieron la supuesta compra lo hicieron con comunidades adentro. Y en estos últimos tiempos esas tierra fue comprada por el empresario norteamericano Benetton”, expresó el territorial.
También reveló que Benetton ha estado ampliando la ocupación y apropiación del territorio dejando adentro a más comunidades, entre ella la comunidad Santa Rosa de Leleque, por la que los hermanos mapuches tuvieron que pronunciarse en defensa de sus territorios. “Las formas de manifestarse las comunidades son de no dejar nunca de existir en el lugar, seguir resistiendo. Estas tierras pasaron a distintos supuestos dueños y hoy lo tiene el empresario norteamericano Benetton. Este empresario, a parte de tener las 900.000 has, sigue adjudicándose tierra, cerrando alambrados, dejando dentro a la Comunidad Santa Rosa de Leleque. Desde entonces la comunidad siempre salió a manifestarse por las tierras que nos pertenecieron siempre, y que el Estado tiene que tomar decisiones sobre esto, porque fue un negociado de aquel entonces. No se sabe si el gobierno argentino recibió dinero sobre la venta de estas tierras, pero el hecho es que se vendió con las comunidades mapuche adentro”, amplió.
Ante esta situación, la comunidad Santa Rosa de Leleque pidió apoyo de fortalecimiento a las organizaciones territoriales de diferentes pueblos, nucleadas en el ENOTPO, que permitió realizar un encuentro en la región mapuche de la zona de Chubut, en Esquel, donde se reunieron todas las organizaciones territoriales del pueblo mapuche de Puel Mapu, donde hubo pronunciamiento no solo por el conflicto con Benetton, sino que también se vio el tema de las mineras, los jueces, abogados que son los que favorecen a Benetton para el apropiamiento de las tierras.
Benito Cumilao tanbien informó que “la empresa Benetton realizó denuncia contra la comunidad Santa Rosa de Leleque, aduciendo que es la comunidad la usurpadora, por lo tanto se debe iniciar un juicio. Esta denuncia ha caducada hace un par años atrás, después de años de intentos de desalojo y de acusaciones indebidas”, expresó.
Finamente, Cumilao se refirió al fallo del Juez de la provincia que anuló la orden de desalojo a la comunidad. “La justicia no ha podido negar la existencia de la comunidad. Y debido a la manifestación que se hizo en Esquel frente al Poder Judicial en el mes julio, ha hecho que en estos días el Juez tomara la decisión de no seguir con la medida de desalojo y fallara a favor de la comunidad. Un hecho histórico para las comunidades mapuches”, concluyó.
SE REPRODUCE LA SENTENCIA
Y A CONTINUACION UN COMENTARIO POR LOS ABOGADOS DE LA COMUNIDAD:
Y A CONTINUACION UN COMENTARIO POR LOS ABOGADOS DE LA COMUNIDAD:
VISTO:
Que se encuentra la presente causa para resolver el recurso de apelación incoado por la parte demandada a fs. 1330 contra la sentencia definitiva N° 22/2011, de fecha 21/02/2011 y que obra a fs. 1311/1316); y
CONSIDERANDO:
Que la ley 26.160 en su art. 1° declara la emergencia en materia de posesión y propiedad indígenas.-
Que en virtud de la citada emergencia, se suspenden por cuatro años a partir de la sanción de la Ley 26.160, no sólo la ejecución de sentencias sino también cualquier acto procesal o administrativo cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras contempladas en el art. 1° (art. 2° Ley 26.160).-
Que la Ley 26.554 prorroga hasta el 23 de noviembre de 2013 los plazos contenidos en los arts. 1°, 2° y 3° Ley 26.160.-
Que conforme a la demanda de fs. 84/87, la presente acción tiene por finalidad recuperar la posesión del predio en cuestión, circunstancia que fuera resuelta conforme sentencia N° 22/2011 de fs. 1311/1316.-
Por ello, la Excma. Cámara de Apelaciones del Noroeste del Chubut,
RESUELVE:
1°) SUSPENDER el llamado de AUTOS PARA SENTENCIA.-
2°) REGÍSTRESE y notifíquese.-
La presente sentencia es dictada por dos Jueces de Cámara por encontrarse en uso de licencia el Dr. Jorge Luis FRÜCHTENICHT y haberse alcanzado la mayoría (art. 8 y 9 de la Ley V N° 17 del Digesto Jurídico Provincial).-
Claudio Alejandro PETRIS - Günther Enrique FLASS
REGISTRADO BAJO EL N° 209 CANO DEL LIBRO DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS DEL AÑO 2011. CONSTE.- Fdo.: Zulma Graciela ALBORNOZ, Secretaria.
COMENTARIO A UNA SENTENCIA SORPRESIVA
FERNANDO KOSOVSKY Y EDGARDO MANOSALVA GAJAT
Que la Cámara de Apelaciones del Noroeste del Chubut ordenara la suspensión del procedimiento seguido por la Compañía de Tierras del Sud Argentino S.A. en contra de la Comunidad Mapuche “Santa Rosa-Leleque”, declarando aplicable la ley de emergencia en materia de propiedad y posesión indígenas, N° 26.160, causó una gran sorpresa.
El primer planteo al respecto, fue realizado por la propia Comunidad el día 10 de marzo de 2008, al momento de contestar al pedido de desalojo solicitado por la Compañía. En aquella oportunidad, la opción de aplicar la ley 26.160 fue presentada en subsidio del pedido de rechazo de la sustitución cautelar requerida por la parte actora. Ello, porque entendíamos que no sería necesario recurrir a dicha ley en aquel estado procesal, dado que no existían las condiciones de procedencia para el desalojo que denunciaba la Compañía de Tierras.
Un par de años después, a partir del informe efectuado por el Presidente del INAI mediante Nota N° 13/2010, en el que se consignaba que la Comunidad iba a ser relevada en el marco de la ley 26.160, solicitamos que se declarara su aplicabilidad al caso y su prórroga, por la ley N° 26.554 disponiendo, en consecuencia, la suspensión del trámite del juicio hasta tanto se realizase el relevamiento técnico-jurídico-catastral dispuesto por la mencionada normativa, siguiendo los lineamientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo, en el art. 14.2 del Convenio 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.
La Comunidad solicitó la suspensión, por ser los resultados del relevamiento técnico-jurídico-catastral una prueba de fundamental importancia para dilucidar la cuestión debatida en la causa judicial. En el relevamiento no sólo se determinaría el alcance material y físico de la ocupación tradicional a partir de la investigación técnica, geográfica, antropológica sino además la situación jurídica de conflictos de superposición que pudieran existir con terceros, como la CTSA del holding Benetton.
Esta prueba resulta esencial porque en el caso, la Comunidad careció de recursos para poder realizarla por sus medios y el estado nacional, a través del INAI, confirmó su apoyo para el acceso a la justicia con posterioridad al vencimiento de los plazos para poder producir la prueba, con el evidente perjuicio del resultado desfavorable en la sentencia de primera instancia.
Citamos jurisprudencia que abonaba la procedencia de la suspensión requerida, concretamente los autos “LOF CASIANO c/PROVINCIA DE RÍO NEGRO s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO” (Expte. 00164-017-05), en trámite por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la IIIa Circunscripción de la Provincia de Río Negro, con sede en S. C. de Bariloche, y en los autos “CAÑUPÁN, MANUEL c/EMPRESA MINERA PACIFIC RIM MINING CORPORATION ARGENTINA S/ORDINARIO” (Expte. 95/2007), en trámite por ante el mismo Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Noroeste del Chubut, con sede en la ciudad de Esquel.
El Juez de Primera Instancia, Dr. Omar MAGALLANES rechazó el pedido, “atento la naturaleza” de las actuaciones. O sea que, para él, dado el tipo de procedimiento mediante el cual se desarrolla el juicio, no era procedente la suspensión ni la introducción del relevamiento como prueba, a pesar de ser una norma de orden público (art.6º), que no puede ser dejada de lado por las partes. La C.A.N.O. confirmó este fallo (de que nos ha sorprendido este cambio en su jurisprudencia), diciendo que la medida era inapelable, y que no existían en aquella etapa actos de lanzamiento sobre las tierras que resultarían alcanzadas por la manda del art. 2° de la ley 26.160 y su modificatoria. Nada dijo –aun- sobre el relevamiento.
¿Y por qué ahora? Siguiendo el razonamiento de la C.A.N.O., y por los mismos argumentos, al iniciarse el juicio a comienzos del año 2007, la ley 26.160 debió haber sido declarada aplicable al caso por el Juez de Primera Instancia, de oficio (es decir, sin que lo pidan las partes).
Y ello, primero por la situación de emergencia declarada por la ley 26.160 a través de su artículo 1°. Además, porque al reconocerse formalmente en el juicio a la Comunidad Mapuche como tal, también el Estado reconoció su preexistencia étnica y cultural, y la ocupación tradicional de su Territorio y el decreto 1122/07 que reglamentó la ley indica que se aplica incluso a las preexistentes (es decir, a las que no tengan su personería jurídica registrada).
Desde el punto procesal, al ser tenida como parte, desde principios de 2008, se le permitió que intervenga en juicio en defensa de sus derechos desde su identidad étnica. ¿En defensa de cuáles derechos? Entre otros, el de posesión comunitaria.
Sorprendidos: es que de verdad no lo esperábamos de esta la misma Cámara, la que en este mismo juicio sostuvo que la Comunidad Mapuche Santa Rosa-Leleque no existía hasta que no se registró en la Escribanía General de Gobierno de Chubut y que semanas atrás le rechazó a la Comunidad el pedido de la apertura a prueba en segunda instancia, pedido fundado justamente en la necesidad de poder introducir en el juicio no sólo el reconocimiento oficial de su ocupación tradicional por parte del estado, sino los hallazgos del relevamiento de la ley 26.160 que ponen fuertemente en duda las afirmaciones de la Comunidad, rechazo que el 1º de septiembre pasado obligó a la Comunidad a interponer una queja, hoy pendiente de resolución en el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia.
En este juicio está en juego la posesión indígena, “comunitaria”, de las tierras que ocupan tradicionalmente los integrantes de la Comunidad Mapuche “Santa Rosa-Leleque”. No es casual que la ley 26.160 y su prórroga declaren la emergencia sobre esa posesión, sino que forman parte de medidas que estado argentino adoptó para integrar un sistema de protección efectivo que imponen los arts. 2 y 12 del Convenio 169 de la OIT.
Sin salir de nuestra sorpresa, festejamos que en buena hora los jueces de la Provincia de Chubut hayan tomado conciencia del daño que puede significar seguir desconociendo de su vigencia.
Fernando Kosovsky – Edgardo R. Manosalva.(abogados)
GAJAT
contacto: Rosa Nahuelquir 02945-15417481
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PUELMAPU. LA BATALLA EN LOS ESTRADOS
Dos fallos judiciales en favor del pueblo mapuche
- Una pobladora era juzgada por impedir el paso de máquinas que iban a destruir el bosque sagrado de Las Huaytekas, cerca de Bariloche. El Tribunal consideró el hecho un delito "culturalmente motivado" y la absolvió. Según el juez Martín Lozada, el "sistema de creencias" de la mujer "la llevó a prevalecer lo que entendió como un bien jurídico de mayor trascendencia".
-mas información sobre este caso en Río Negro "Sobreseyeron a una mujer mapuche del Lof Las Huaytekas" en el siguiente enlace: http://prensalibrepueblosoriginarios-mapuche.blogspot.com/2011/10/puelmapu-dos-fallos-judiciales-en-favor.html
- Por su parte, la Cámara de Apelaciones del Noroeste de Chubut falló a favor de la comunidad Santa Rosa Leleque y reconoció la vigencia de la ley 26.160 de emergencia en materia de propiedad y posesión indígenas.
Por territorio justicia y dignidad.
Marici weu, marici weu, marici weu!!!!!!
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Martes 28 de junio de 2011
POR CONSTRUIR UN CASA PARA PROTEGERSE DEL FRÍO. Los Benetton quieren ver presos a los miembros de una familia aborigen.
La comunidad Santa Rosa Leleque apeló una presentación efectuada por el empresario italiano Luciano Benetton, en la que pretendía encarcelar a Atilio Curiñanco y Rosa Nahuelquir, como referentes de dicha comunidad, por haber realizado mejoras, con ayuda del Estado, en su vivienda, ubicada en tierras que el magnate reclama como propias.
Rosa Nahuelquir y Atilio Curiñanco, blanco de las acusaciones de los empresarios italianos que dirigen el emporio Benetton.
Integrantes de Santa Rosa Leleque, junto a los abogados, Edgardo Manosalva y Fernando Kosovsky, se presentaron ante los tribunales de Esquel, para apelar una presentación efectuada por la Compañía de Tierras Sud Argentino, propiedad de la firma Benetton, por presunta desobediencia a la disposición del juez Omar Magallanes, que ordenó no innovar en el predio que ocupa la comunidad mapuche.
Según la presentación de los apoderados de Benetton, el incumplimiento se habría dado con la construcción de una vivienda de material. La realización de esa obra, que se levantó con aportes del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, habría sido con el objeto de garantizar el derecho de la comunidad a una vivienda adecuada ante la proximidad del invierno.
El delito “desobediencia” contempla como pena la prisión de 15 días a un año para los imputados. A través del apoderado legal de la Compañía de Tierras Sud Argentino, el abogado Martín Iturburu Moneff, se denuncia el presunto incumplimiento de la medida cautelar de no innovar, ya que según esta presentación se habrían verificado “alteraciones de naturaleza material en el predio Santa Rosa de carácter permanente, lo que implicaría una inequívoca desobediencia a la orden judicial dispuesta”.
“Teníamos frío”
Sobre la vivienda construida en el sector, Rosa Nahuelquir señaló: “en esa pequeña vivienda que construimos somos 22 integrantes, y también hay niños y necesitamos protegernos del clima. Por eso quisimos venir a decir esto a la justicia pero también a la gente para que sepa cómo son las cosas”, indicó.
Atilio Curiñanco agregó: “aquí venimos a pedir las garantías que debe tener el Estado con los pueblos originarios. Esto que hoy ocurre aquí es la gravedad de lo que tenemos que enfrentar los pueblos originarios”.
La obra que objeta la Compañía de Tierras Sud Argentino sería la ampliación de una vivienda ya existente, la cual se habría realizado con un subsidio del INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, para implementar el proyecto de mejoramiento habitacional de la Comunidad Mapuche Santa Rosa Leleque.
En este marco la comunidad rechaza la denuncia de Benetton “por carecer la misma del asidero fáctico y legal exigido para el caso”. Asimismo solicitan “se disponga el levantamiento de la medida cautelar, atento no existir los motivos que dieron lugar a su procedencia”.
“Crueldad inusitada”
Según lo expresado en la presentación realizada por la comunidad, “considerar la medida de no innovar en los términos absolutos que propone la actora, implicaría lisa y llanamente entenderla como un desalojo encubierto, prohibido expresamente por la legislación vigente”.
Tras efectuar la presentación, Fernando Kosovsky, como uno de los abogados de la comunidad, manifestó: “en un predio de más de500 hectáreas que haya una vivienda de 60 metros cuadrados en la cual ya está viviendo una familia y se mejoren las condiciones en temperaturas bajo cero como estamos viviendo, es de una crueldad bastante inusitada tener que estar contestando este tipo de planteos, que no son más que la continuidad histórica del exterminio de la compañía de tierras, hoy en manos de Benetton”, concluyó.
Rosa Nahuelquir y Atilio Curiñanco, blanco de las acusaciones de los empresarios italianos que dirigen el emporio Benetton.
Integrantes de Santa Rosa Leleque, junto a los abogados, Edgardo Manosalva y Fernando Kosovsky, se presentaron ante los tribunales de Esquel, para apelar una presentación efectuada por la Compañía de Tierras Sud Argentino, propiedad de la firma Benetton, por presunta desobediencia a la disposición del juez Omar Magallanes, que ordenó no innovar en el predio que ocupa la comunidad mapuche.
Según la presentación de los apoderados de Benetton, el incumplimiento se habría dado con la construcción de una vivienda de material. La realización de esa obra, que se levantó con aportes del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas, habría sido con el objeto de garantizar el derecho de la comunidad a una vivienda adecuada ante la proximidad del invierno.
El delito “desobediencia” contempla como pena la prisión de 15 días a un año para los imputados. A través del apoderado legal de la Compañía de Tierras Sud Argentino, el abogado Martín Iturburu Moneff, se denuncia el presunto incumplimiento de la medida cautelar de no innovar, ya que según esta presentación se habrían verificado “alteraciones de naturaleza material en el predio Santa Rosa de carácter permanente, lo que implicaría una inequívoca desobediencia a la orden judicial dispuesta”.
“Teníamos frío”
Sobre la vivienda construida en el sector, Rosa Nahuelquir señaló: “en esa pequeña vivienda que construimos somos 22 integrantes, y también hay niños y necesitamos protegernos del clima. Por eso quisimos venir a decir esto a la justicia pero también a la gente para que sepa cómo son las cosas”, indicó.
Atilio Curiñanco agregó: “aquí venimos a pedir las garantías que debe tener el Estado con los pueblos originarios. Esto que hoy ocurre aquí es la gravedad de lo que tenemos que enfrentar los pueblos originarios”.
La obra que objeta la Compañía de Tierras Sud Argentino sería la ampliación de una vivienda ya existente, la cual se habría realizado con un subsidio del INAI (Instituto Nacional de Asuntos Indígenas) dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, para implementar el proyecto de mejoramiento habitacional de la Comunidad Mapuche Santa Rosa Leleque.
En este marco la comunidad rechaza la denuncia de Benetton “por carecer la misma del asidero fáctico y legal exigido para el caso”. Asimismo solicitan “se disponga el levantamiento de la medida cautelar, atento no existir los motivos que dieron lugar a su procedencia”.
“Crueldad inusitada”
Según lo expresado en la presentación realizada por la comunidad, “considerar la medida de no innovar en los términos absolutos que propone la actora, implicaría lisa y llanamente entenderla como un desalojo encubierto, prohibido expresamente por la legislación vigente”.
Tras efectuar la presentación, Fernando Kosovsky, como uno de los abogados de la comunidad, manifestó: “en un predio de más de
Fuente: El Diario de Madryn
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Sábado 21 de mayo de 2011
Rosa Rua Nahuelquir: "En lo único que Benetton ha cumplido es en querer corrernos del lugar"
El sabado 21 de mayo, en el marco del XIII Festival de Cine por los Derechos Humanos, entrevistamos a Rosa Rua Nahuelquir en el Centro Cultural Haroldo Conti. A mas de dos meses del pedido de desalojo de la Comunidad Santa Rosa Leleke, Rosa nos cuenta como son los dias hoy alli, que recuerda de estos años de lucha, con el viaje a los dominios de los Benetton incluido y que futuro le ve al conflicto
A dos meses de la orden desalojo
Supuestamente elk juez y el abogado de Benetton dijeron que nos teniamos que ir del lugar pero no fue asi, porque continuamos ahi, yo creo, no, no es que creo, no nos tenemos que ir de ese lugar porque es el que ancestralmente nos corresponde y es preexistente al estado asi que nosotros estamos ahi presentes, hará unos quince dias que presentamos otra parte dentro del juicio que es los agravios no?, que se presentó a la camara del noroeste de Chubut ahi en Esquel, ahora estamos esperando la respuesta, lo que va a determinar el juez pero bueno ya sabemos lo que va a decir lo que determino hace dos meses, que siga el desalojo, pero no termina ahi no, vamos a seguir apelando. Es una lucha larga que no se termina mas. Laq vida sigue como siempre en el lugar, la diferencia es que por un lado nos querían desalojar pero por otro el Insxtituto Nacional de Asuntos Indigenas (INAI)...habiamos presentado un proyecto nosotros hara uno o dos años para mejora de viviendas, bueno ademas de salir el desalojo salió también la parte del proyecto para que ellos nos ayudaran a hacer la vivienda. Hoy estamos abocado0s a eso, a la construccion de la vivienda.
Santa Rosa
Alli somos 7 familias pero todos no estamos viviendo en el lugar en este momento hay una sola familia pero eso no quiere decir que los demás integrantes no vayan a la comunidad, van y vienen por sus trabajos porque hay que trabajar afuera para seguir manteniendo esta lucha, sino no serfía posible en lo ecónomico, si uno no trabaja afuera no se puede sobrevivir en ese lugar, mas allá de nuestros animales, la siembra, el tejido y la cerámica que uno hace. Siempre se necesita una entrada mas.
Los años de lucha
La verdad que nuca pensé andar en esto, por ese lado me ha cambiado mucho la vida ¿no?, porque hay que viajar, salir, porque si uno no sale a difundir el conflicto es como que no pasa nada y nuestro reclamo creo que hoy no lo conoceria todo el mundo y para que esto sea asi hubo que salir, andar y hasta este momento que sigo andando. Me ha cambiado la vida el hecho de viajar y viajar, conocer distintas personas y lugares y presentar el conflicto. Ahora la vida en el campo es la misma, es la misma.
En el imperio Benetton
El recuerdo de lo que charlamos allá siempre lo tengo muy presente, de la manera que nos recibieron los italianos allá, tambien tengo muy presente que Benetton dijo que en quince días daba solucion a este conflicto, y todavia parece que no han llegado esos quince dias para él. Quisimos hacer firmar un papel como que tuvimos una reunión con el y dijo que no, que no firmaba ningún papel porque su palabra de hombre valia mucho mas que la firma de un papel. Son muc has cosas que uno recuerda de lo que se cpomprometió. Y no se cumplio. En lo Unico que Benetton ha cumplido es en querernos correr del lugar y amenazarnos con el desalojo.
Lo que sigue
Lo que vemos es que es un lugar que nos pertenece y seguiremos ahi, mas allá de seguir en tribunales para aqui y para allá, creo que es una lucha que no se va a terminar por ahora, pero nuestro futuro esta puesto en nuestra tierra. Y ahi seguiremos. Es lo que nosotros con Atilio y toda la comunidad quiere.
Fuente: www.delorigen.com.ar
Relación entre la OECD y la Farn en el caso Benetton /Mapuche
Fuente: alpargatasynetbooks
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Investigaciones
Nuevos modos de neoliberalismo: ONG, Estado y Pueblos Originarios en Argentina. (Segunda parte)
Por Lic. Juan Jose BasantaRelación entre la OECD y la Farn en el caso Benetton /Mapuche
Para reconstruir la lógica expuestas en la primera parte de este informe sobre la participación de ONG y los escenarios que suelen operar en Argentina, proponemos observar algunas características operacionales, por un lado, de la OECD Watch (Organización para la Cooperación y el desarrollo Económico) con sede en Europa y por otro de la Farn (Fundación Ambiente y Recursos Naturales) con sede en Latinoamérica y, la participación de ambos actores en conflictos Nacionales donde se involucran con grandes corporaciones internacionales, medios de comunicación masivos y Pueblos Indígenas.
En principio, la relación que haremos entre ambas organizaciones y el Pueblo Mapuche de la Argentina, se apoya sobre los lineamientos principales del informe solicitado por la OECD a la Farn, en relación, según esta última, a una “denuncia por usurpación que hiciera la multinacional Benetton a una familia de la comunidad Mapuche por ocupar unas tierras”.
La OECD Watch dice ser una organización no gubernamental dedicada a promover la responsabilidad empresarial. Su sede está en Amersfoort, Países Bajos y las Directrices de la OECD, dicen “poseer un mecanismo único para resolver los problemas derivados de la conducta empresarial irresponsable, y el potencial para reducir y resolver los conflictos entre la sociedad civil y las empresas multinacionales”.
Cabe recordar, que uno de los pocos países latinoamericanos miembro de la OECD Watch es Chile, miembro de la Organización desde el mandato de la Presidente Michele Bachellet, país que aún sigue contemplando leyes de la última dictadura militar liderada por Augusto Pinochet como la “ley antiterrorista”. Esta ley ha perjudicado a los Mapuches, entre otros, sufriendo despojo de sus tierras ancestrales en mano de terratenientes, persecución política y hostigamiento constante por parte de la policía y el ejército chileno acusándolos y condenándolos por causas ridículas e irrisorias.
Por su lado, la Farn tiene sede en Argentina cuyo director ejecutivo es el abogado constitucionalista Daniel Sabsay, ligado a la (SRA) Sociedad Rural Argentina, entidad atada históricamente a la derecha terrateniente más obstinada de este país. Esta organización no gubernamental, con cierto prestigio en el país, ha sido y es consultada cotidianamente para elaborar informes que empresas nacionales e internacionales, entre ellas, grandes medios de comunicación, solicitan.
El punto de partida en este caso lo da la OECD Watch, quien por medio de IRENE, organización suscripta a la primera, contacta a Farn, para realizar un informe en donde esta última organización relevara los antecedentes del caso, y con esta base de información explorara su encuadre en el marco que brindan las líneas directrices de la OECD para empresas multinacionales.
Dentro de las primeras líneas del informe, la Farn reconoce que el análisis que se hará allí será un tanto escueto; lo cuál habrá argumentos que quedarán por fuera de la investigación al caso, consideramos importante observar cuáles son los argumentos que no entrarán en el informe y que según nuestro criterio tendrían que estar.
En primera instancia, cuando se advierte acotadamente el análisis sobre la realidad Mapuche y la resistencia de sus tierras, se reconoce que hubo enfrentamientos entre indígenas y españoles en épocas muy lejanas, y que finalmente gracias a la resistencia y lucha del Pueblo Mapuche las tierras no fueron invadidas.
Ahora bien, cuando se avanza en la descripción, nombran el proceso de “pacificación” de las tierras en la mal llamada “conquista del desierto” liderada por Julio A. Roca y resumen el mismo simplemente conque el poder indígena en las Pampas, se acabó.
Hagamos un poco de memoria y pensemos a modo de ejercicio a quién habría que “pacificar” para aquellos militares de la época, teniendo en cuenta que el informe solicitado por la OECD es para una organización extranjera que no conoce con detenimiento sobre el tema. La incógnita es fácil de responder, la “pacificación” fue con relación al indígena, concretamente al Pueblo Mapuche, al que consideraban sin alma, vago, sucio, inculto y peligroso. Lo mismo sugerimos hacer con relación a la supuesta “campaña del desierto”, teniendo en cuenta que esa zona rica de la República Argentina no estaba desierta, había indígenas a quienes se avasalló sin piedad, abalanzándose sobre sus tierras, siendo ésta una de las masacres más terrible que sufrieron los Pueblos indígenas.
Hacemos hincapié en estas declaraciones, dado que las tierras que obtuvo Benetton fueron de la antigua empresa The Argentine Southern Land Company Limited (A.S.L.Co.), compañía inglesa la cual “mediante hábiles manejos administrativos y merced a la connivencia de algunos funcionarios del Gobierno argentino, la empresa llegó a poseer considerables extensiones de tierra en casi toda la Patagonia, lo cual nos hace pensar que la compañía liderada por la familia Benetton estaba al tanto de estas transacciones y los problemas que podía acarrearle.
En el informe no se dice que la escritura se hizo ante un escribano de Capital Federal violando la ley entonces vigente que obligaba escriturar esas donaciones ante el Escribano General de Gobierno. De acuerdo a la legislación vigente de la época, una persona o sociedad no podía adquirir una donación con una superficie mayor a 40.000 ha. Recordemos que se le donó a dicha empresa 900.000 ha. Estos datos son fáciles de comprobar, y no pertenecen simplemente, como dice la Farn, a las crónicas de la época.
En el informe se obvia totalmente el genocidio que sufrió el Pueblo Mapuche respaldado por militares, políticos, corporaciones y entidades en favor de la campaña mencionada en la Patagonia, que ha sido aún más cruel que las ocacionadas por los propios conquistadores, con los cuales habían acordado y que gracias a la resistencia de los indígenas –esto si reconocido en el informe- el dominio de esas tierras quedarían a cargo de las propias comunidades.
Más aún, existen tratados internacionales, como el de la OIT, en los cuales la República Argentina adhirió oportunamente, favoreciendo la situación del Pueblo Mapuche en pos de la restitución legal de sus tierras y restablecimiento pleno de sus derechos. El Estado Argentino tiene la responsabilidad de re-conocer y hacer re-conocer la preexistencia del Pueblo Mapuche consecuente con los tratados firmados y a las reformas que se han hecho sobre la Constitución Nacional.
Ahora bien, hemos nombrado la Compañía de Tierras del Sud argentino. Sabemos que esta empresa es la que vende la totalidad del paquete accionario a la Familia Benetton, en el informe se logra ver una cronología desde el momento en que nace The Argentine Southern Land Company Limited en Londres, hasta el momento en que pasa a manos de los Benetton.
Detengámonos brevemente en esta cronología que nos ofrece el informe y, hagamos siempre el ejercicio de pensar que el informe será remitido a una organización extranjera, como es el caso de la OECD Watch, que desconoce del tema.
Mayo 1889 Se funda la compañía The Argentine Southern Land Company Limited, que opera como una compañía extranjera
Julio 1975 Inversores argentinos compran el paquete accionario de la Compañía The Argentine Southern Land Company Limited.
Mayo de 1982 Se nacionaliza la compañía, cambiándose de nombre por Compañía de tierras de Sud Argentino SA
Agosto de 1991 El paquete accionario de Comapañía de Tierras del Sud Argentino SA es comprado por Edizione Holding international N.V. propiedad de los Benetton.
Fuente: Tomado del Informe elaborado por la Farn LA OECD, que fue tomado de la página del Holding Benetton.
Retomando el cuadro, y agregando algunos datos. En el año 1889 fue presidente de la Argentina Miguel Juárez Celman, cuyo gobierno se caracterizó por las denuncias de corrupción y autoritarismo, para esa época, la población indígena Mapuche ya estaba diezmada. En el año 1975 un grupo de argentinos compró el paquete accionario de la empresa, plena dictadura militar, persecución de obreros, estudiantes, docentes, y más de 30.000 desaparecidos. Época donde no para muchos era fácil hacer negocios. En 1982, fiel al mandato militar y en plena guerra con Inglaterra, donde todo debía ser nombrado en español, “se nacionaliza la compañía, modificándose su nombre por Compañía de Tierras del Sud Argentino S.A”. Recién para el año 1991, gobierno de Carlos Saúl Menem, pleno auge del consenso de Washington, mencionado en la primera parte del informe y, expansión del modelo neoliberal en el que subsumió a la Argentina en una de las peores debacles de la historia, finalmente la familia Benetton se decide a comprar en una módica suma el paquete accionario de la empresa Tierras del Sud Argentino S.A, ahora por “Edizione Holding Internacional NV”.
Si bien en el informe de Farn se hace referencia al Holding International N.V propiedad de los Benetton, y el dominio de 900.000 has. , no se menciona que lo convierte en el principal dueño extranjero de tierras en la Argentina.
Se reconoce que el Holding entregó tierras a los Mapuches, aunque según un informe del INTA (Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria) se demostró que las 7500 ha. ofrecidas a la comunidad Mapuche, a través del Gobierno de Chubut, tenían poca receptividad productiva. De las 7500 has. Sólo 308 pertenecen al tipo que corresponde a valles y mallines, húmedos o subhúmedos.
Por último, el informe de la Farn a la OECD hace referencia a los lineamientos, que ellos consideran importantes, durante todo el proceso judicial entre la compañía Benetton y la Familia Curiñanco-Rúa Nahuelquir.
Aunque no se nombra que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, emitió un profundo rechazo al fallo emitido por el Juzgado Correccional de Esquel, provincia de Chubut, a cargo del juez Jorge Evo, desconociendo los legítimos derechos a su tierra por parte de la familia mapuche de Atilio Curiñanco y Rosa Rúa Nahuelquir y haciendo lugar a los cuestionados títulos de la “Compañía de Tierras Sud Argentino”, propiedad de la multinacional Benetton, presentado el 5 de julio de 2004 ( expediente 4013 – D – 04)
Allí tampoco se da a conocer que el título presentado en el expediente de la causa era una fotocopia borrosa del año 1896 donde se donaban 900.000 ha a un grupo de ingleses. Peor aún, sabiendo que se discutió la obligación de mensura, para los redactores del informe no queda del todo claro.
A esto se podía sumar los dichos del entonces Diputado Luis Zamora de Autodeterminación y Libertad donde se preguntaba “cómo aceptar sin más que se invoque un título donde un presidente de la Nación –violando los mecanismos legales vigentes de la época- haya donado en un solo día una quinta parte de la provincia de Chubut. Por eso estaba prohibido la donación o cesión de superficies más amplias. La ley de tierras (3675) de la provincia prohíbe a las sociedades anónimas o a aquellas en las que no se conozcan los titulares de las acciones, ser titulares de tierras fiscales. El IAC (Instituto Autárquico de Colonización), no respondió a la familia Curiñanco porque ese organismo sabe que no existe mensura perimetral en las estancias en cuestión y por lo tanto no podía saber si el predio de Santa Rosa estaba o no dentro de la estancia en cuestión”.
Nos pareció importante agregar al cuadro de información y proceso de adquisición de la Empresa algunos datos, que a nuestro entender, sirven para vislumbrar cuáles pueden ser los puntos oscuros de la Empresa Benetton en el conflicto con la Familia Curiñnaco- Rúa Nahuelquir que aún mantienen y que la organización encargada del informe no revela.
Nos preguntamos al mismo tiempo, si el ocultamiento de estos datos en el informe es de manera intencional o ingenua. Sobre todo teniendo en cuenta que el Director ejecutivo de la organización ambientalista Farn a actuado como vocero no sólo de grandes corporaciones, entre ellas las mediáticas, sino también de la Sociedad Rural que no debería dejar de nombrarse en dicho informe dado que la fundación de la entidad agropecuaria data del año 1866 de la mano de José Martínez de Hoz.
Mas aún, la (S.R.) y el abogado Sabsay, director de la Farn, defienden abiertamente el herbicida roundup al igual que los multimedios Clarín y La Nación a través de suculentas publicidades posicionándolo como el primer herbicida en la Argentina, que tanto daño ha causado y sigue causando a campesinos y comunidades indígenas.
Conclusiones
A lo largo de los dos trabajos se ha tratado de exponer brevemente la trayectoria del movimiento indígena en la República Argentina, la participación del Estado y la aparición de ONG en la arena político organizacional de las comunidades indígenas, y su vinculación en este tipo de escenarios con organismos internacionales, medios de comunicación masivos y grandes corporaciones.
En los ejemplos expuestos tomamos dos organizaciones de renombre, que participan en la Argentina cotidianamente, su participación, estrategias y alianzas con grandes corporaciones y los intereses y disputas que ponen en peligro la vida y el territorio de los pueblos Indígenas.
Nos parece importante reconocer que en este tipo de situaciones se deja de lado, no sólo el Derecho Indígena, al cual se lo ha catalogado de “marginal, primitivo, exótico o incompleto”, sino el propio reconocimiento del convenio 169 de la OIT en el cuál Argentina adhirió en conjunto con la norma constitucional del 1994.
Finalmente, y a quien consideramos el actor principal en este tipo de situaciones, el Estado Argentino, -acá sería interesante hacer una diferenciación entre Estado Nacional, Provincial y Municipal, pero sería para otra investigación- y su “aparente ausencia” en momentos cruciales donde la integridad de los Pueblos indígenas y sus derechos fundamentales se ven violentados y ultrajados.
El informe más que certezas deja preguntas, incógnitas, con el objetivo de aportar elementos en pos de re-pensar este tipo de problemáticas en medio de complejos contextos como los antes desarrollados. Ayudar a preguntarnos sobre las distintas maneras de relacionarnos en el campo popular donde participan movimientos sociales, estudiantiles, docentes, universitarios, grupos indígenas, etc y en ese mismo entramado coexistiendo corporaciones y organismos globales con intereses meramente económicos.
Construir una propuesta indígena, inclusiva y participativa implica respetar lo indígena, ya no desde interpretaciones libres, occidentalizadas o desde el multiculturalismo Light, sino desde lógicas orgánicas a los Pueblos Originarios.
Fuente: alpargatasynetbooks
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Hola mi nombre es Adrian Monsalvo y me gusta mucho el blog, soy uno mas que desea que los pueblos originarios tenga la ayuda y el respeto que se merecen y que nunca lo tubieron desde la llegada de los primeros colonizadores* a estas tierras.
ResponderEliminar*colonizadores asesinos...
Un gran abrazo Alan!!! la lucha continua!!!
ResponderEliminargracias Charly Parquet por compartir en Por la defensa de los pueblos originarios. http://www.facebook.com/groups/83968975202/
ResponderEliminarel artículo de Nuevos modos de neoliberalismo: ONG, Estado y Pueblos Originarios en Argentina.
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