Mostrando entradas con la etiqueta Bariloche. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Bariloche. Mostrar todas las entradas

martes, 27 de diciembre de 2011

PUELMAPU: RIO NEGRO CONTAMINADA - ARGENTINA MINERÍA CONTAMINANTE A CIELO ABIERTO


PUEL MAPU
(también llamada Argentina- Provincia de Río Negro) 
Huahuel Niyeo 
(hoy llamado Ingeniero Jacobacci)

Discurso de la abuela Maria contra la minera Panamerican Silver que intenta desarrollar el proyecto Calcatreu, mineria a cielo abiero con cianuro, en las cercanias de Ingeniero Jacobacci, Rio Negro, Argentina.


.......................................................................................
1° de Enero de 2012
El vicegobernador Alberto Weretilneck, debe completar el mandato del fallecido gobernador de Río Negro.
Tras un confuso episodio, a causa de un disparo de arma de fuego, murió el gobernador de Río Negro, Carlos Soria. Fuentes de la Jefatura Policial de Viedma confirmaron que el hecho ocurrió a las 4.47 en su chacra, vivienda de fin de semana en Paso Córdoba, en cercanías de General Roca,  situada a unos 6 kilómetros de la ruta 22, en la zona de Alto Valle, en Río Negro, Argentina.

El vicegobernador Alberto Weretilneck completará el mandato, según lo prevee la Constitución de Río Negro en su artículo 180. 
La Constitución provincial en el inciso 2 de dicho artículo, señala que "en caso de fallecimiento, destitución, renuncia o inhabilidad definitiva del gobernador antes o después de su asunción lo reemplaza el vicegobernador hasta la finalización de su mandato” Sólo se debería convocar a elecciones, en el lapso de 60 días, si murieran, fueran destituidos, renunciaran o estuvieran inhabilitados en forma simultánea el gobernador y el vice; siempre que esta contingencia se produjera cuando faltaren más de dos años para completar el mandato.
Por lo tanto, el vicegobernador de la provincia de Río Negro, Alberto Weretilneck, debe completar hasta el 9 de diciembre de 2015 el mandato del fallecido gobernador Carlos Soria, según lo prevé el artículo 180 de la Constitución provincial.

Weretilneck, dirigente del Frente Grande, en declaraciones a la prensa aseguró que se mantendrán "conversaciones" con el Partido Justicialista y el Gobierno nacional, ya  que el vice reemplaza un gobierno del partido político peronista del Frente Para la Victoria al que pertenecía el fallecido mandatario.
El martes, 3 de enero de 2012, a las 18hs, en Viedma, será el acto oficial de asunción de Alberto Weretilneck.

Luego de su asunción seguiremos ampliando las prácticas que de a conocer el actual gobernador rionegrino, sobre el tema de la megaminería contaminante.

Prensa Libre Pueblos Originarios

.......................................................................................
Diciembre 2011
...el gobernador Carlos Soria, de la provincia de Rio Negro..
ya durante la campaña había anticipado k daría impulso a la actividad minera extractiva contaminante con cianuro a cielo abierto en dicha provincia de Argentina...
FRENTE PARA LA VICTORIA (PJ Y FRENTE GRANDE)
Gobernador en Río Negro: CARLOS SORIA. 
-ex titular de la SIDE Carlos "Gringo" Soria, ahora gobernador electo de Río Negro-
La presidente de la Nación Argentina Cristina Fernández de Kirchner recibió en la Casa de Gobierno al gobernador electo de Río Negro, por el Frente para la Victoria, Carlos Soria, tras su triunfo en las elecciones de octubre de 2011. Soria, aseguró que la presidenta Cristina le manifestó su “alegría por el triunfo” y el acompañamiento a su gestión.
................................................................................................................................

26 de Diciembre de 2011
En Río Negro se podrán extraer minerales a cielo abierto y utilizando cianuro
El Ejecutivo elevó a la Legislatura el proyecto que deroga la prohibición de esas prácticas, establecidas en 2005. El proyecto plantea “resguardos ambientales”, pero termina con las limitaciones impuestas a la minería a cielo abierto y el uso de cianuro. Un Consejo de Evaluación Ambiental Minera evaluará cada proyecto de explotación
Mina a cielo abierto (imagen ilustrativa)

El Parlamentio rionegrino debatirá este viernes el proyecto del Ejecutivo -con acuerdo de ministros- para derogar la norma de 2005 que impide el uso de cianuro en la explotación minera a cielo abierto. La iniciativa presentada el lunes por el gobernador Carlos Soria, establece la creación de un Consejo de Evaluación Ambiental Minera, y plantea presupuestos mínimos de control y preservación del medio ambiente para la actividad.

Sin embargo, en la práctica, plantea la derogación de la Ley 3981, que en su artículo 1 prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Río Negro “la utilización de cianuro y/o mercurio en el proceso de extracción, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos”.

Ya durante la campaña Soria había anticipado que cargaría contra esa norma y que daría impulso a la actividad minera en la provincia.

El Consejo de Evaluación Ambiental Minera tendrá a su cargo la evaluación de los estudios de impacto ambiental de cada uno de los proyectos extractivos que se presenten. Esa estructura estará conformada por un representante de la autoridad de aplicación; uno de la Dirección de Minería de la Provincia; tres de la legislatura (dos por la mayoría y uno por la minoría); uno del municipio en el que se pretenda desarrollar la actividad minera; uno de la Universidad de Río Negro; uno de organizaciones no gubernamentales ambientalistas; y un representante del INVAP.

Según se plantea en la iniciativa presentada a la Legislatura, “los estudios de impacto ambiental tendrán carácter de declaración jurada”, y “serán suscriptos por profesionales idóneos que deben estar inscriptos en registros creados, a tal fin, por la autoridad de aplicación de la Ley Nacional N° 24.585, de Protección Ambiental para la Minería”.

El proyecto establece además que “las empresas o personas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley posean la titularidad o derechos de concesiones de yacimientos minerales de primera categoría, como asimismo aquellas que beneficien dichos minerales, con los alcances del citado Código y hubieren obtenido la declaración de impacto ambiental que incorpora la presente Ley, podrán reanudar sus respectivas labores”.

Fuente: ANB - Agencia de Noticias Bariloche -

.......................................................................................

Mensaje de anciana Mapuche 
A LA MINERÍA
Machi Maria Torres de Cona 


.......................................................................................

sábado, 15 de octubre de 2011

PUELMAPU: Río Negro "Sobreseyeron a una mujer mapuche del Lof Las Huaytekas" Gracias Juez Martín Lozada!!!

PUELMAPU
Lof Las Huaytekas
El Foyel, es una localidad del Departamento Bariloche, Río Negro, Argentina.
Se encuentra a unos 73km al sur de la ciudad de San Carlos de Bariloche, a trevés de la RN 258.

Sobreseyeron a una mujer mapuche

El juez de Instrucción Martín Lozada dispuso el sobreseimiento de una pobladora mapuche, de 52 años, quien con intención de proteger un bosque de cipreses sagrados para la Comunidad de los Huaytekas, ubicada en El Foyel, impidió la circulación por un camino vecinal a representantes de una empresa petrolera.

Según la mujer, los representantes de la empresa iban a derribar los cipreses. La sentencia en cuestión quedó firme, al ser consentida tanto por el agente fiscal como por la parte querellante.
La mujer afirmó haber velado por la integridad de un bosque único, milenario y sagrado para su comunidad. Señaló que tal posición de garante le había sido conferida por la comunidad a la que pertenece en el marco de un “trawun”. Se refirió, además, al "rewe" para explicar el vínculo que la une a ese territorio.
Lozada consideró estar frente a la problemática del multiculturalismo. Sostuvo que “supone referirnos a la presencia, dentro de un determinado contexto espacial, de diversas culturas, y a la consecuente concurrencia de elementos cognitivos comunes que hacen a la representación del mundo exterior, en el ámbito de la moral, la religión, el derecho, las relaciones sociales”.
Y recordó la incorporación al ámbito interno del derecho internacional de los derechos humanos, entre ellos, el artículo 27 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos; de la reforma constitucional de 1994, que reconoció la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas; y de la ratificación del Convenio 169 de la OIT.

Pericia
En función de las complejidades de la causa, y toda vez que de ella se desprenden elementos culturales propios de la comunidad mapuche y, más precisamente, de la comunidad de Los Huaytekas, Lozada dispuso realizar una pericia antropológica.
La pericia estuvo a cargo de la doctora Claudia Briones, quien es profesora de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) y titular de la Escuela de Humanidades de esa casa de estudios.
Del informe pericial antropológico surge el valor ancestral y simbólico que para la comunidad Huayteka posee el bosque de cipresal allí existente.
“No sólo como la Mapu en tanto tierra tiene un sentido económico que garantiza la reproducción material del grupo, sino también como en tanto lugar se entrema en y a través de un sentido de paisaje, entendido como las características superficiales del medio que están significativamente relacionadas con la existencia cotidiana y que presuponen y crean la relación histórica y semántica que los indígenas tienen con ese territorio”, afirmó.
También informó al juzgado en relación las implicancias del “rewe” en materia de posesión tradicional de la tierra; y respecto a la entidad vinculante de las decisiones arribadas mediante un "trawun".
Cultura
“Nos encontramos frente a los llamados delitos culturalmente motivados, referidos a determinados comportamientos que si bien contradicen la norma penal, se explican en razón a la cultura a la que pertenece el infractor. Es decir que la quinta esencia de estos delitos culturalmente motivados radica en el conflicto entre el respeto a los valores comprendidos dentro de su cultura y lo que disponen las normas penales”, sostuvo Lozada.
Respecto de la mujer, señaló que no es posible “que hubiera estado en condiciones de inspirarse en la expectativa subyacente a la previsión normativa prevista en el artículo 181 del Código Penal, y ello por cuanto, en lo esencial, su sistema de creencias la llevó a hacer prevalecer lo que entendió como un bien jurídico de mayor trascendencia”. Y consideró que “estamos en ausencia de cualquier forma de culpabilidad penal…”

Fuente: El Ciudadano


-------------------------------


PUELMAPU: otro fallo judicial en favor del pueblo mapuche: Histórico fallo a favor de la comunidad Santa Rosa Leleke en Chubut - Argentina. JUEZ DE LA PROVINCIA LEVANTA MEDIDA DE DESALOJO Y FALLA A FAVOR DE UNA COMUNIDAD MAPUCHE